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Mostrando entradas de 2013

Qué significa jirón patrio?

Jirón patrio es una forma de denominar a una parte del país. Jirón significa la parte pequeña de algo. Por lo que cuando un himno o discurso hace referencia a "este jirón patrio" es un forma de decir: este pedazo de la patria. Lo pongo porque en Google no existe (no existía) una referencia clara sobre este tema. En Perú jirón tiene una implicancia adicional lo abrevian Jr. y es una vía urbana distinta de una avenida.

Los Fines de la Pena

La ciencia del Derecho Penal ha desarrollado diversas teorías sobre los fines de la pena, es decir justificaciones de porque castigamos a alguien que comete un delito. La discusión sobre este tema es compleja y -como la mayoría de los asuntos complejos- aun no ha sido resuelta satisfactoriamente. En este post simplificaré las teorías, pero empleando los términos aceptados por la mayoría de los autores. La primera división sobre las teorías de la pena es: 1. Teorías Absolutas, dicen que la pena es buena porque si. Porque la sanción es intrínsecamente buena sin que sea necesario justificar ninguna otra finalidad, para ellos el delito rompe un equilibrio social que es reparado con la pena. La mayor objeción a estas teorías es que se quedan en un plano teórico sobre el conflicto, y no tienen nada que ver con la realidad pues omiten considerarla, este hecho hace que prácticamente todas estas posturas sean marginales en la discusión sobre los fines de la pena. 2. Teorías Rel

Sobre la Publicidad de las Normas

La publicidad de las leyes es formalmente obligatoria de acuerdo a lo establecido en el artículo  164 de la Constitución Política del Estado. En el entorno legislativo nacional suele establecerse este tipo de principios para posteriormente ser violados con diversas excusas que en ningún modo mitigan el hecho de que el principio no es cumplido efectivamente. La falta de una real publicidad  de las normas –que trascienda el mero formalismo de la publicación- es un problema central que imposibilita el acceso a la justicia. Mediante Ley de 17 de diciembre de 1956 se encomienda la publicación de la Gaceta Oficial a la Secretaria General de la Presidencia de la República, las características principales de esta gaceta son: ·       Es un Registro de las Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas que promulga el Poder Ejecutivo de la Nación (Art. 1ero). ·       La Secretaria encargada de su publicación tiene la obligación de remitir una copia legalizada de esta Gaceta