La
gente muere todos los días de las formas más diversas. Sin embargo, solo un
número muy pequeño de esas muertes se hace pública, en el sentido de ser
difundida por los medios de comunicación tradicionales y –recientemente- por
las redes sociales virtuales.
Las
muertes que se hacen públicas son aquellas de personajes más o menos célebres y
aquellas que son ocasionadas por formas extrañas para la sociedad. En el caso
boliviano, por ejemplo, el caso de muertes por sicarios fue noticia nacional
hace algunos años, no puede decirse que
hoy es normal pero la atención a ese tipo de casos ha descendido
considerablemente, en otros países de la región apenas alcanzan cobertura.
Los
medios, las personas, nos acostumbramos a la muerte. En algunas regiones a las
muertes por accidentes de tránsito, en otras a las muertes por armas de fuego,
en algunas a las muertes por enfermedades y tantas otras formas que por
repetirse pierden novedad y forman parte de la realidad diaria, al menos hasta
que una de esas muertes nos toque de manera cercana.
Una
de las formas mediáticas de ocasionar la muerte a una persona es la turba que
mata a alguien: el linchamiento. Y a pesar de que se trate de fenómenos
particulares y muchas veces distintos radicalmente uno del otro no faltan los
expertos que opinan sobre el “fenómeno” del linchamiento sin haber realizado un
estudio serio sobre los puntos en común que puede tener este tipo de muerte de
persona, lo más grave se da cuando las autoridades comienzan a opinar y a tomar
decisiones de políticas públicas basados en incidentes particulares como la
muerte de una persona.
En
el caso boliviano un inadecuado manejo de la prensa denominó a un asesinato
como aplicación de “justicia comunitaria” el año 2004 y a partir de entonces se
identificó a los linchamientos como casos de aplicación de esta Justicia
Comunitaria, esto a pesar de que no existe ninguna constancia de que las
comunidades originario campesinas apliquen la pena de muerte, la sanción más
grave parece ser la expulsión de la comunidad y nunca la pena de muerte.
La
Justicia Comunitaria como forma de suplir los vacíos estatales en la
administración de justicia e incluso
como una forma de administración de justicia más legítima que la estatal no
tiene nada que ver con la muerte violenta que provocan ciudadanos en grupo
en contra de una persona, incluso llamar
a esta forma de proceder como “justicia por mano propia” parece inadecuado pues
sugiere que es justo matar a una persona por la simple sospecha de haber
afectado el patrimonio de alguien. Aún en los casos en que la reacción violenta
se da en contra de un posible asesino no queda claro como puede catalogarse
como justa una reacción que no sólo busca matar sino además ocasionar el mayor
sufrimiento en el proceso.
La
psicología social ha estudiado el fenómeno de la pérdida de la individualidad
que experimenta la persona en grandes grupos y que puede derivar en el
comportamiento de turba asesina, ya sea por la pérdida de responsabilidad que
experimentan los involucrados en la turba o por el efecto de bola de nieve de
un instigador que se replica hacia la multitud exaltada. Poder evitar estas
reacciones mediante normas, castigos o discursos sancionatorios es poco menos
que imposible, pues como se tiene dicho, la decisión individual de participar
en la turba tiene poco que ver con una evaluación racional sobre el
comportamiento propio.
La
decisión sobre a quien se debe atacar tampoco es producto de una reflexión
elaborada y por lo tanto resulta natural
que la turba ataque al extraño, o al que considera diferente o que de algún
modo responda al prejuicio que se tiene sobre como debería verse un agresor, y
como es natural la categoría “extraño” puede incluir a cualquiera de nosotros,
que puede ser más o menos claro de piel, más o menos joven o incluso puede
vestirse más o menos de la forma considerada normal en un lugar determinado y en un momento determinado.
Por
ejemplo, el caso de un anciano blanco, con una apariencia solvente, en un
vehículo costoso no parece ser el prototipo de persona objeto de un
linchamiento, pero si lo ponemos en la puerta de un colegio a la hora de la
salida de los niños y con un entorno asustado por el rapto de un menor en
cuestión de minutos podría morir solo por el hecho de estar ubicado en un mal
lugar y en un mal momento. (En Santa Cruz se dio un caso parecido).
Así
como la perdida de individualidad es una acción social sobre la que poco se
puede influir, el Estado y la Sociedad si puede fomentar otras formas de acción
frente a la inseguridad: la conducta de ayuda, la toma de decisiones
comunitarias o la conducta organizacional de las comunidades. Es decir, retejer
los lazos sociales y reforzar las conductas sociales deseables en la comunidad.
La
gente no precisa del Estado para dejar de matarse, pero ese Estado es en parte
responsable de haber eliminado o debilitado las estructuras sociales que
brindaban seguridad a las comunidades y asumiendo esa responsabilidad debe
coadyuvar a su reconstrucción.
Comentarios
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