En Bolivia las uniones libres (concubinato), son reconocidas con los mismos derechos que un matrimonio celebrado con las formalidades legales correspondientes y este reconocimiento tiene rango constitucional, el nuevo texto aprobado por la Asamblea Constituyente recoge también el derecho con dos adiciones que no son poca cosa: limita los derechos exclusivamente a las parejas heterosexuales y admite la posibilidad de adopción en el marco de una unión libre.
En los hechos, esta limitación no es nueva, sólo explicita un hecho regulado legalmente.
Estoy a punto de iniciar una unión libre y no esta de más estudiar más profundamente el tema.
Hasta ahora lo que vi es que básicamente este reconocimiento tiene que ver (como casi todo) con problemas patrimoniales y en muchísimos casos vinculados a herencia. La jurisprudencia de la Corte Suprema tiene algunos casos interesantes, y uno termina comprendiendo que los problemas que debería "solucionar" una Unión Libre se dan de todas formas con independencia del nombre o la forma que se de a la relación.
Estoy a punto de iniciar una unión libre y no esta de más pensar más profundamente el tema.
En los hechos, esta limitación no es nueva, sólo explicita un hecho regulado legalmente.
Estoy a punto de iniciar una unión libre y no esta de más estudiar más profundamente el tema.
Hasta ahora lo que vi es que básicamente este reconocimiento tiene que ver (como casi todo) con problemas patrimoniales y en muchísimos casos vinculados a herencia. La jurisprudencia de la Corte Suprema tiene algunos casos interesantes, y uno termina comprendiendo que los problemas que debería "solucionar" una Unión Libre se dan de todas formas con independencia del nombre o la forma que se de a la relación.
Estoy a punto de iniciar una unión libre y no esta de más pensar más profundamente el tema.
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