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Curiosidades de la Corte Electoral de Santa Cruz

Cosas simples.... ¿Pregunta? SI - NO ......ejem, creo que esas se llaman respuestas.

Cual de los 2 marcados es en realidad el 100% ?????

Esas son tonterías de algún ganso que no falta nunca (también existe un error de redondeo, pero en fin).

Lo que me llama la atención es hubiesen computado la totalidad de las mesas....no leimos todos sobre las más de 60 ánforas quemadas entonces? cómo es posible que se hubiese computado el 100% de mesas "habilitadas" ? Otro error de denominación? O no consideran esas mesas para nada?????

mmmmmm, curioso, o a estas alturas del partido, debería decir "pintoresco".

Pero en que afecta el ausentismo si este no se cuenta??? jejejej pues si se cuenta, si la abstención es mayor al 50% el referéndum no vale.

Es por ello que la opción de quedarse en casa es una forma de voto en este tipo de consulta.

Es por ello que es "pintoresco" que la Corte Electoral de SC amenace con sanciones al que no vote.

Es por ello que algún personaje, BUEN TIPO, pero mal asesorado...considere que votar es neutro, (pues nadie puede saber como se vota)...en un referendum eso no es como en una elección, en el referendum votar o abstenerse es una forma de decidir.

La Ley del Refrendum lo dice así:

ARTÍCULO 8° (Resultados). La resolución del referéndum será adoptada por la mayoría simple de los votos válidos de la respectiva circunscripción y tendrá validez si participa al menos el cincuenta por ciento (50%) del electorado.

Pues si, la ley admite que el no votar sea una opción.

Pero también decía esto:

En tanto no exista un gobierno departamental electo por voto popular, el referéndum departamental será convocado por el Congreso Nacional por mayoría de votos de los presentes. El referéndum municipal de Iniciativa popular será convocado por dos tercios del Concejo Municipal.

Y nos valió madres.

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Sip, les valio Madre. Y todo lo hicieron agarrados de una presunción de constitucionalidad, y ahora que el Ref. Revocatorio no está tampoco en la Constitución vigente, eso SI es inconstitucional. Qué manera de calzar el zapato que nos dá la gana no? Tanto odio, valdrá la pena?

Saludos.
juan josé ha dicho que…
No vale la pena.....

Y la "demagogia" que criticaban en Evo ahora la aplauden algunos con el sueldo mínimo de 1000 Bs. que implican, un súper gasto no solo en pagos sino además en prestaciones sociales (que se miden de acuerdo al salario mínimo). Uno no es economista ni genio....pero uno no deja de sospechar que la inflación se va a disparar en Santa Cruz si se cumple esta amenaza populista.

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