El concepto tendría su fundamento en la edad media europea, cuando el juzgamiento debía realizarse por los miembros de una comunidad determinada a la que pertenecía el infractor...más o menos lo que busca la justicia comunitaria, pero este no es un post sobre justicia comunitaria.
Actualmente, el principio de juez natural exige que se cumplan las reglas previas de competencia sobre el juez que conocerá el caso. Los criterios de análisis de competencia son:
Territorio, naturaleza, materia o cuantía y calidad de las personas que litigan son los criterios para fijar la competencia de un tribunal.
El Ministerio Público (fiscales) no tienen reglas de competencia, esto quiere decir que los fiscales pueden investigar en cualquier lugar del país.
Los jueces si deben acatar estas reglas, en los casos recientes en Bolivia la discusión gira en torno a la competencia de los jueces de garantías para conocer hechos que se desarrollaron en distritos fuera de su ámbito de competencia territorial. La pregunta es: ¿puede un juez de La Paz conocer una investigación sobre posibles delitos cometidos en Santa Cruz?
La respuesta debe fundarse, en parte, en una disciplina del derecho que se llama "Teoría de la Ley Penal" que esta pensada más bien para analizar la aplicabilidad de la norma, pero que ha sentado principios que pueden ser aplicados para una discusión sobre competencia. De acuerdo al Código de Procedimiento Penal el juez competente para conocer un hecho es:
1.El juez del lugar de la comisión del delito. El delito se considera cometido en el lugar donde se manifieste la conducta o se produzca el resultado;
En este sentido debe considerarse de manera individual cada uno de los tipos penales (delitos) imputados para determinar el lugar del perfeccionamiento del delito (su consumación), en este sentido el análisis simple de que un Juez de La Paz no es competente para conocer delitos cometidos en Santa Cruz es incompleto en cuanto no se analiza a fondo el resultado final de cada uno de los tipos penales imputados.
Si el fondo de las acciones era derrocar al Presidente de la República pues aparentemente el resultado final si se daría en La Paz, pero para ser franco esta no parece ser la mejor solución ni la más justa...lo irónico es que el fundamento para deslegitimar la actuación del Ministerio Público es muy parecido al argumento para apoyar a la Justicia Comunitaria, vaya entuerto para los abogados de ambas partes que deben hacer malabares entre la justicia y la política.
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